Indemnización por accidente de trabajo
Reclamamos a la empresa los daños causados: lesiones, secuelas, tiempo de curación, pérdida de ingresos y daño moral, cuando el accidente se debe a un incumplimiento en materia de seguridad.
Accidentes de trabajo · Santander y Bilbao
Si has sufrido un accidente o un daño en tu salud por el trabajo porque la empresa no cumplió la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, puedes reclamarle una indemnización por todo lo que te ha causado. Te ayudamos a reclamarla. Y si eres empresa, te defendemos frente a actas de la Inspección de Trabajo y reclamaciones.
5,0
3 reseñas en Google
+10 años
de experiencia institucional
+200
clientes atendidos
3 sedes
Madrid, Bilbao y Santander
Para trabajadores
Reclamamos a la empresa los daños causados: lesiones, secuelas, tiempo de curación, pérdida de ingresos y daño moral, cuando el accidente se debe a un incumplimiento en materia de seguridad.
Falta de evaluación de riesgos, de formación, de equipos de protección o de vigilancia de la salud. Te orientamos para exigir que se corrija y para acudir a la Inspección de Trabajo.
Si el peligro es grave e inminente, puedes interrumpir la actividad y abandonar el puesto. Te explicamos cómo hacerlo y dejar constancia para que ese paso te proteja.
Exposición a productos, ruido, sobreesfuerzos o riesgos que la empresa no evaluó ni evitó. Reclamamos su responsabilidad por el daño causado a tu salud.
Estrés, presión y entornos de trabajo que dañan la salud también son riesgos laborales que la empresa debe evaluar y prevenir. Documentamos la situación y valoramos la vía adecuada.
Lo que conviene saber
La indemnización se reclama a la empresa responsable y cubre los daños que el accidente te ha causado, también los que no se ven en una nómina.
Guarda los partes médicos, el parte de accidente y cualquier comunicación con la empresa. Son la base de la reclamación.
1 año
por regla general para reclamar la indemnización, desde que se conocen las secuelas
Art. 21
de la Ley de Prevención: puedes parar ante un riesgo grave e inminente
Para empresas
Te defendemos y te ayudamos a evitar que vuelva a ocurrir.
Cómo trabajamos
01
Por teléfono, WhatsApp, el formulario o en el despacho. Te decimos qué documentos traer.
02
Revisamos carta, contrato y nóminas, y te explicamos las opciones y los plazos que corren.
03
Si decides seguir, los honorarios quedan desglosados antes de empezar. Sin sorpresas.
04
Conciliación, negociación y juicio con el mismo abogado, que te mantiene informado.
Sí, si el accidente o el daño a tu salud se debe a que la empresa no cumplió sus obligaciones de seguridad. La indemnización cubre lesiones, secuelas, pérdida de ingresos y daño moral.
Evaluar los riesgos de cada puesto y planificar cómo evitarlos, formar e informar a la plantilla, entregar los equipos de protección necesarios y ofrecer vigilancia de la salud adecuada al riesgo.
Los equipos de protección los facilita la empresa, sin coste para el trabajador. Pídelo por escrito, acude a los delegados de prevención o a la Inspección de Trabajo. Ante un riesgo grave e inminente puedes interrumpir la actividad y abandonar el puesto.
Por regla general, un año para la indemnización por daños, que empieza a contar cuando se conocen las secuelas definitivas. Conviene revisarlo cuanto antes.
Antes de empezar te damos un presupuesto por escrito con los honorarios desglosados de cada fase. Lo que se acuerda es lo que se cobra.
Cuéntanos tu caso
Te respondemos lo antes posible. Atención presencial en Santander y Bilbao, y por videollamada en toda España.
Puedes llamarnos o escribirnos cuando quieras. Te atenderemos personalmente y sin compromiso.