Calculadora de indemnización por despido
Actualizada a 2026
Calcule la indemnización por despido improcedente, causas objetivas, despido colectivo, fin de contrato temporal y el resto de extinciones tasadas por la ley, con los mismos criterios de cálculo que las herramientas del Consejo General del Poder Judicial.
Indique las fechas y el salario para ver las indemnizaciones de cada supuesto de extinción.
Cómo se calcula
La indemnización resulta de multiplicar el salario diario por los días de indemnización que corresponden a cada año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año.
- Salario diario: salario bruto anual entre 365, o mensual (con las pagas extraordinarias prorrateadas) por 12 y entre 365.
- Antigüedad: se cuentan los meses de servicio y la fracción de mes se computa como mes completo.
- Despido improcedente: 33 días por año, con un máximo de 720 días de salario.
- Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: 45 días por año hasta esa fecha y 33 días desde entonces. Si el primer tramo supera los 720 días, se aplica ese importe, con un máximo de 1.260 días.
- Causas objetivas, despido colectivo y movilidad geográfica: 20 días por año, con un máximo de 360 días. Modificación sustancial de condiciones: 20 días por año, con un máximo de 270.
- Fin de contrato temporal: de 8 a 12 días por año según el año en que se celebró el contrato, por días naturales.
- Los topes se calculan a razón de 30 días por mes, como confirma la STS 651/2026, de 9 de julio.
Fijos discontinuos y periodos no computables
Cuando se ha trabajado en varios periodos (temporadas, o antes y después de una excedencia), se suman todos los periodos de prestación efectiva de servicios. El informe de vida laboral ayuda a obtener las fechas.
Empleo del hogar
Las extinciones anteriores al 9 de septiembre de 2022 se rigen por el régimen anterior (despido improcedente a 20 días por año y desistimiento del empleador). Desde esa fecha, el Real Decreto-ley 16/2022 fija 12 días por año para la extinción por causas justificadas y la indemnización del despido improcedente ordinario si no se respeta la forma.
El resultado es orientativo. Para saber qué le corresponde en su caso, el despacho puede revisar su documentación. Abogados de despidos en Santander y Bilbao.
Preguntas frecuentes
Aplica los mismos supuestos y criterios que las herramientas del Consejo General del Poder Judicial, actualizadas a julio de 2026, y sus resultados coinciden con los de esas herramientas en los casos comprobados. En ambos casos los resultados son orientativos y no vinculantes.
El salario bruto que le corresponde, incluidas las pagas extraordinarias prorrateadas si lo indica en cifra diaria o mensual. Si percibía menos de lo que establece su convenio, el cálculo debe hacerse con el salario de convenio.
Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido. No cuentan los sábados, domingos ni festivos, y el plazo se suspende al presentar la papeleta de conciliación.
Si el despido se declara nulo, no procede indemnización sino la readmisión, con los salarios dejados de percibir desde el despido.
No. El cálculo se realiza en su navegador y no se envía ni se guarda ningún dato.
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